¿Cuánto cobrar de arriendo? El tope legal no es el precio del barrio
Cuánto cobrar de arriendo tiene dos respuestas distintas. La ley pone un techo: el canon mensual de una vivienda urbana no puede superar el 1% del valor comercial del inmueble. El barrio pone el otro número: lo que se está pidiendo hoy por algo parecido al tuyo.
El tope del 1% (Ley 820 de 2003)
El artículo 18 de la Ley 820 de 2003 dice que el precio mensual del canon de arrendamiento de vivienda urbana no puede exceder el uno por ciento (1%) del valor comercial del inmueble.
Ese valor comercial no es el avalúo catastral ni el precio que tú crees que vale. Es el valor de mercado. Si no lo tienes, el techo del 1% es una cuenta sin base: el 1% de un número inflado deja el canon por encima de lo que la ley permite.
- Canon máximo mensual = 1% del valor comercial
- El predial no sirve como ese valor: el avalúo catastral suele estar por debajo del mercado
- Un avalúo certificado lo firma un avaluador inscrito en el RAA; para fijar un canon de oferta basta una valoración por comparables
Lo que se cobra de verdad en el barrio
El tope es un máximo, no una tarifa. En muchas zonas el canon de los avisos activos queda por debajo del 1%, porque hay oferta. En otras se acerca al techo.
PropFound estima el canon con arriendos comparables de la misma zona: canon por m², canon mensual, yield bruto y yield efectivo. Tu primera valoración es gratis.
El aumento anual no es esta cuenta
Subir el canon de un contrato que ya existe (el incremento por IPC y el tope de renovación) es otra búsqueda y la cubren los medios cada enero. Esta página es para fijar el canon de salida, no para el reajuste del contrato vigente.
Preguntas frecuentes
¿Puedo cobrar más del 1% del valor comercial? +
No en vivienda urbana. La Ley 820 de 2003, artículo 18, fija ese tope. Cobrar por encima expone el contrato.
¿El 1% se calcula sobre el avalúo catastral? +
No. Se calcula sobre el valor comercial. El catastral es la base del predial y casi siempre es más bajo. Usarlo como base deja el canon por debajo de lo que el mercado paga, o te hace creer que estás dentro de la ley cuando no lo estás.
¿Cómo sé el valor comercial si no tengo avalúo? +
Para ofertar o negociar, una valoración por comparables del barrio es suficiente. Un avalúo firmado por un avaluador del RAA hace falta para crédito, sucesión o un proceso.